martes, 9 de junio de 2009

Lo que nunca hubiésemos querido leer ni escuchar




Observaciones: se puede deducir que es un documento preimpreso, con un vocabulario muy poco formal en cuanto a lo legal se refiere, se han realizado tachaduras, suponemos fruto de alguna negociación, que no son salvadas como así mismo se le agrega manualmente la hora y la fecha y no se aclaran las firmas ni de Menéndez ni de los testigos como tampoco se explicita, aunque se supone que así es, que existe un duplicado.

El sello foliador y la Foja 1 corresponden al juicio producido luego de la guerra, el sello de “secreto” no responde a ninguna lógica debido a que se está presentando el documento como una prueba testimonial, se supone que así había sido calificado en un primer momento por la junta de comandantes. Contradiciendo toda lógica dado que no cumplía con ningún requisito legal ni de información confidencial para que se calificara de secreto. Es más, después de tanto ocultamiento y falseamiento de las noticias el pueblo merecía empezar a conocer la verdad sin tapujos.



Traducción del documento de cese de fuego

Anexo 79 (art. 10.004 a)

Cuartel general de las fuerzas

Terrestres de las Islas Malvinas

DOCUMENTO DE LA RENDICIÓN

Yo, el que Suscribe, Comandante de todas las fuerzas terrestres, aéreas y navales argentinas en las Islas Malvinas (en el original, “incondicionalmente" figura tachado; en su lugar, se leen las iniciales "MBM") presento mi rendición al Mayor Genral J.J. MOORE CB OBE MC como representante del Gobierno de Su Majestad Británica.

Bajo los términos de esta rendición, todo el personal argentino en las Islas Malvinas deberá congregarse en los puntos de reunión que serán designados por el General Moore y entregar sus armas, municiones y todas las demás armamentos y equipamiento de guerra como dicte el General Moore o los oficiales británicos apropiados que actúen bajo su responsabilidad.

Después de la rendición, todo el personal de las Fuerzas Argentinas será tratado con honor en concordancia con las condiciones establecidas en la Convención de Ginebra de 1949. Obedecerán todas las instrucciones concernientes al desplazamiento y las relacionadas con el alojamiento.

Esta rendición se hará efectiva a partir de las 2359 horas ZULU del 14 de junio (2059 horas local) e incluye aquellas Fuerzas Argentinas actualmente desplegadas en y alrededor de Puerto Argentino, aquellas otras en “Malvinas Este” (Isla Soledad?) (en el original, sigue una palabra que está tachada; en su lugar, figuran las iniciales: "MBM"), “Malvinas Oeste” (Isla Gran Malvina?) y en todas las islas circundantes.

(A continuación siguen las firmas del: "Comandante de las Fuerzas Argentinas"; del "Mayor General J. J. MOORE" y de los testigos.)

2359 horas, 14 de junio de 1982.

Así se informó al pueblo argentino

Comunicado Nº 165 del Estado Mayor Conjunto (mañana del 15/06/82)

El estado Mayor Conjunto comunica que en el día de ayer 14 de junio de 1982 se produjo la reunión entre el comandante de las fuerzas inglesas, General Jeremy Moore y el comandante de la Guarnición Militar Malvinas, General de Brigada Mario Benjamín Menéndez, en dicha reunión se labró un acta en la cual se establecen las condiciones de cese de fuego y retiro de tropas.

Durante el resto del día no hubo ningún otro comunicado oficial, sólo se vivió la angustia y la especulación de lo que podría pasar, en lo personal trataba de escuchar radios extranjeras quienes repetían la información de Malvinas con el impactante término de “rendición incondicional” lo que dentro de la gravedad del hecho aún causaba más preocupación el pensar que no se había tratado mínimamente de negociar y asegurarse el destino de los soldados, que en definitiva era lo que más importaba en este momento

No hay comentarios:

Publicar un comentario